A- de 2018
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Carlos Henry Chaves·Demandado Emssanar Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Pasto.
La controversia se generó a raíz de una disparidad de criterios relacionados con la interpretación de las disposiciones que regulan la competencia para el trámite de la impugnación de un fallo de tutela.
Teniendo en cuenta que la Corte ha resuelto casos similares en los que se cuestiona el contenido de una circular proferida por el Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, se reiteran las reglas aplicadas en los mismos.
Se concluye que, la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Pasto fue quien desconoció las disposiciones del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991 al no emitir un pronunciamiento de fondo.
Se dispone enviar el expediente a dicha Corporación, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión a la que haya lugar respecto de la apelación presentada contra el fallo proferido por el Juzgado Cuarto de Familia de Pasto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 27 de septiembre de 2017, proferido por la Sala de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, dentro de la acción de tutela formulada por Carlos Henry Chaves contra EMSSANAR E.S.S. y el Instituto Departamental de Salud de Nariño.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3173, que contiene la acción de tutela presentada por Carlos Henry Chaves, a la Sala de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial Pasto para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar respecto de la impugnación presentada por el Instituto Departamental de Salud de Nariño.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.